Por Energy Insights
Las funciones principales de la Comisión Nacional de Energía (CNE) serán: otorgar permisos, supervisar y regular la producción energética, así como verificar y sancionar irregularidades en el sector. Así como calcular tarifas y contraprestaciones, alineándose a la planeación vinculante del sector energético.
CNE operará con independencia técnica y operativa, y supervisa el cumplimiento de sus funciones.
Estará dirigida por Juan Carlos Solís Ávila como Director General, con experiencia en energías limpias, eficiencia energética, movilidad sustentable y cambio climático. Juan Carlos Solís Ávila es maestro y doctor en Ingeniería en Energía por la UNAM, con estudios en Ingeniería Financiera, y ha trabajado en la Secretaría de Energía y en proyectos en la Ciudad de México, incluyendo la Central Solar de la Ciudad de México.
Contará con un Comité Técnico, un órgano colegiado que será responsable de conocer, opinar, analizar, evaluar, dictaminar y aprobar actos jurídicos o administrativos, excluyendo decisiones que corresponden a la Dirección General o Unidades Administrativas.
El Comité Técnico está compuesto por altos funcionarios de la Secretaría de Energía, directivos de la CNE, y tres expertos jóvenes con reconocida trayectoria en el sector: María Elena Huesca Pérez, experta en ingeniería ambiental y doctora en ingeniería; Diego Marie Phillippe Chatellier Lorentzen, especialista en sistemas energéticos y eficiencia, graduado en Matemáticas y Energía por la UNAM; y Lissette Mendoza Barrón, física, maestra en Energía y especialista en Derecho Energético.
El inicio de operación de la CNE incluye la publicación de su Reglamento Interior en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que establece la estructura, organización y funcionamiento de la Comisión.
El reglamento declara a CNE como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía, con independencia técnica, operativa y de gestión, y cuenta con presupuesto propio. Su función principal es regular, supervisar y sancionar actividades del sector energético para promover un desarrollo ordenado y seguro, conforme a la planeación vinculante de su competencia.
La organización interna de la Comisión; como se ha mencionado está dirigida y administrada por una Dirección General y cuenta con un Comité Técnico, que actúa como órgano colegiado de decisión.
La Comisión tiene varias unidades y direcciones generales que se encargan de diferentes áreas, entre ellas:
- Secretaría Técnica
- Dirección General de Asuntos del Comité Técnico y Externos
- Dirección General de Estrategia y Vinculación
- Unidad de Administración y Finanzas, que incluye las direcciones de Presupuesto y Recursos Financieros, Recursos Humanos y Organización, Recursos Materiales y Servicios Generales, y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
- Unidad de Asuntos Jurídicos, con la Dirección General de lo Contencioso.
- Unidad de Electricidad, con varias direcciones como Análisis y Evaluación Regulatoria, Evaluación Económica, Mercados Eléctricos, Operación y Permisos, y Análisis Técnico.
- Unidad de Hidrocarburos, con direcciones dedicadas a Gas Natural, Hidrocarburos, Gas Licuado de Petróleo, Mercados de Hidrocarburos, Sector Petrolíferos y Petroquímicos.
- Unidad de Verificación**, con direcciones para verificar los sectores de Hidrocarburos y Electricidad.
- Oficinas estatales o regionales.
Nos enfocaremos a las unidades y direcciones que consideramos claves en la operación de la Comisión por su naturaleza sectorial.
Empezamos con el Comité Técnico y el Comité Especial:
1. El Comité Técnico: está integrado según lo establecido en la Ley, presidido por el titular de la Secretaría de Energía. Cuenta con tres expertos técnicos en el sector energético, cada uno puede tener hasta un asistente que cumpla con el código de conducta y disposiciones jurídicas. Es apoyado por la Secretaría Técnica, responsable de convocar y notificar las sesiones. Puede sesionar de forma ordinaria o extraordinaria, con un quórum mínimo de cinco miembros, incluyendo la presidencia. Las decisiones se toman por mayoría simple; en caso de empate, la presidencia tiene voto de calidad. Las sesiones pueden realizarse en medios remotos siempre que exista comunicación en tiempo real. Debe operar conforme a reglas de operación aprobadas y publicadas en el Diario Oficial. Tiene atribuciones establecidas en la ley y en otras disposiciones jurídicas. Funciona bajo reglas de confidencialidad, debe abstenerse en casos de conflicto de interés, y cumple con códigos de conducta y ética.
2. El Comité Especial, se integra y funciona según lo dispuesto en la Ley. Tiene la facultad, de forma unánime, de determinar la remuneración de los expertos técnicos del Comité Técnico y sus auxiliares. La gestión del pago se realiza a través de la Unidad de Administración y Finanzas, usando un modelo de contratación adecuado al servicio prestado.
Continuamos con la Unidad de Electricidad, cuyas funciones principales son:
- Proponer y actualizar regulaciones, lineamientos, metodologías, modelos de contratos y convenios para el sector eléctrico, supervisando su implementación.
- Validar y supervisar el cumplimiento de disposiciones relacionadas con la separación contable, operativa y funcional de los permisionarios, excluyendo la empresa estatal.
- Evaluar la productividad y eficiencia de la Comisión Federal de Electricidad (empresa pública del Estado).
- Proponer metodologías y criterios para calcular, actualizar y ajustar tarifas, precios, subsidios, costos, depósitos, cuotas y lineamientos de contabilidad.
- Determinar tarifas y precios, publicando en internet las memorias de cálculo.
- Atender solicitudes de apoyo técnico, consultas e información por parte de autoridades o particulares.
- Emitir opiniones y solicitar modificaciones en programas de expansión y modernización de las redes de transmisión y distribución.
- Revisar y autorizar especificaciones técnicas para interconexiones y conexiones de nuevas centrales eléctricas y centros de carga.
- Proponer reglas del mercado, vigilar su cumplimiento y supervisar el mercado eléctrico mayorista.
- Representar a la Comisión en comités, subcomités y grupos de trabajo relacionados con el sector eléctrico.
- Determinar la procedencia, admisión o rechazo de trámites en materia eléctrica y remitir promociones a otras autoridades.
- Colaborar con la Unidad de Verificación en programas de inspección y supervisión.
- Gestionar permisos, autorizaciones, cesiones, transferencias, prórrogas y caducidades relacionadas con actividades reguladas.
- Proponer y verificar contribuciones y contraprestaciones, asegurando su cumplimiento fiscal.
- Solicitar información a participantes y terceros relacionados con el sector eléctrico.
- Supervisar y vigilar el cumplimiento normativo y las obligaciones de los regulados, coordinando con la Unidad de Verificación.
- Validar y emitir resoluciones y acuerdos técnicos.
- Informar sobre incumplimientos, posibles ilícitos y situaciones que puedan poner en riesgo la continuidad del sector.
- Coordinar el monitoreo del mercado eléctrico y detectar prácticas anticompetitivas.
- Regular, otorgar y registrar certificados de energías limpias (CEL), y verificar su cumplimiento.
- Proponer parámetros y normas para energías limpias, atendiendo a la política energética.
- Apoyar a la Secretaría en actividades relacionadas con emergencias y contratación de energía.
- Atender y resolver quejas, controversias y problemas del sector eléctrico.
- Participar en normalización y estandarización para eficiencia, calidad, confiabilidad y sostenibilidad.
- Definir integrantes del sector, modalidades y divulgación de información.
- Colaborar en la evaluación, autorización y supervisión de organismos de evaluación de la conformidad.
En su estructura, cuenta con varias Direcciones Generales especializadas en análisis regulatorio, económico, mercados, operación y evaluación técnica del sector eléctrico, además de otras personas servidoras públicas según el manual organizacional.
Por su parte la Unidad de Hidrocarburos: sus funciones principales son:
- Proponer y actualizar el marco regulatorio del sector hidrocarburos, incluidos códigos de ética y reglas de operación, supervisando su cumplimiento.
- Recomendar al Comité Técnico disposiciones relacionadas con la Ley del Sector Hidrocarburos, y analizar participación cruzada para su aprobación.
- Opinar y proponer modificaciones sobre planes de expansión y regulación del transporte, almacenamiento y distribución de gas natural y gas licuado de petróleo.
- Emitir opiniones técnicas sobre bases de licitación para proyectos de infraestructura en transporte y almacenamiento, asegurando formalidades legales.
- Proponer disposiciones generales para garantizar el acceso abierto y no discriminatorio a servicios de transporte, distribución y almacenamiento de hidrocarburos y petroquímicos.
- Evaluar la procedencia técnica, condiciones, modelos de contratos, tarifas y precios de permisos y actividades reguladas.
- Proponer metodologías y bases para la determinación y revisión periódica de tarifas y contraprestaciones.
- Emitir opiniones sobre proyectos de beneficios sociales, promoción del desarrollo económico y apoyo a programas de apoyo focalizados.
- Evaluar, promover y coordinar infraestructura para distribución, transporte y almacenamiento en regiones específicas.
- Participar en comités y grupos de trabajo para desarrollar regulaciones técnicas.
- Colaborar con la Unidad de Verificación para la supervisión y evaluación de cumplimiento de obligaciones en el sector hidrocarburos.
- Supervisar y coordinar el cumplimiento normativo, Normas Oficiales Mexicanas y disposiciones administrativas en actividades reguladas.
- Informar sobre incumplimientos, posibles ilícitos, riesgos para la continuidad y acciones de respuesta.
- Colaborar con la Unidad de Asuntos Jurídicos en acciones legales relacionadas con ilícitos o incumplimientos.
- Informar a la Secretaría sobre situaciones que puedan afectar el sector, y proponer acciones convenientes.
- Proponer y emitir permisos, autorizaciones, cesiones, transferencias, prórrogas, caducidades y otros actos relacionados con actividades reguladas.
- Determinar los formatos y medios para la presentación de información por parte de los permisionarios y verificar su cumplimiento.
- Justificar técnicamente los montos de derechos y aprovechamientos por servicios de la Comisión.
- Coordinar con la Unidad de Administración y Finanzas para el cobro de contribuciones y contraprestaciones y supervisar su cumplimiento.
- Supervisar y evaluar prácticas del mercado de hidrocarburos, propuestas de precios y volúmenes de comercialización, distribución y venta.
- Recopilar estadísticas, precios, descuentos y otros datos relevantes para la regulación y supervisión del sector.
- Evaluar la procedencia de trámites y gestionar la información en plataformas digitales.
- Establecer lineamientos sobre relaciones de los sujetos regulados con grupos empresariales y mecanismos de información estadística y regulatoria.
- Proponer acciones para garantizar la seguridad y autosuficiencia energética por parte de las empresas públicas relacionadas.
- Otras funciones establecidas por leyes, órdenes del Director General, o el Comité Técnico, y necesarias para ejercer sus facultades.
Su estructura cuenta principalmente con Direcciones Generales especializadas en Sector Gas Natural, Integración Regulatoria, Sector Gas Licuado, Mercados de Hidrocarburos, Sector Petrolíferos y Petroquímicos.
Finalmente, la Unidad de Verificación, cuyas Funciones principales son:
- Proponer y supervisar la emisión, diseño, modificación, actualización e interpretación del marco regulatorio en materia de supervisión, inspección y verificación en los sectores eléctrico y de hidrocarburos.
- Coordinar y aprobar procedimientos para la autorización y acreditación de terceros, organismos de evaluación de conformidad, laboratorios y unidades de inspección y verificación que realicen actividades de supervisión y verificación conforme a las Normas Oficiales Mexicanas.
- Elaborar y aprobar el programa anual de visitas de verificación, inspección y supervisión, y realizar visitas en función de ese plan, incluyendo visitas extraordinarias cuando sean necesarias.
- Solicitar presentación de información y documentación, y citar a comparecer a los regulados para verificar cumplimiento de obligaciones y condiciones de los permisos y autorizaciones.
- Revisar el cumplimiento de obligaciones de los sujetos regulados en materia energética y emitir informes sobre cumplimiento o incumplimiento.
- Iniciar y resolver procedimientos administrativos de sanción, con aprobación del Director General, notificar actos y actuaciones correspondientes.
- Tramitar procedimientos sancionatorios y notificar decisiones.
- Ordenar e imponer medidas de seguridad, precautorias, provisionales y de urgente aplicación, solicitando apoyo de las autoridades de los distintos niveles de gobierno.
- Determinar, ordenar e implementar sanciones en ejercicio de sus funciones, solicitando apoyo gubernamental si fuera necesario.
- Otras funciones que le asignen otras disposiciones jurídicas, el Director General o el Comité Técnico, incluyendo la delegación de facultades a personas servidoras públicas notificadoras e inspectoras.
Su estructura cuenta principalmente con Direcciones Generales de Verificación en Hidrocarburos y en Electricidad.
Esto en términos generales resume la estructura operación y funcionamiento de la CNE.
Consideraciones finales
La nueva CNE viene a sustituir a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) que se consideró y operó como un órgano autónomo.
La CNE tiene una clara vinculación orgánica con la Secretaría de Energía y en el nombramiento de su Director General interviene el poder Ejecutivo.
Muy complejo pensar en la imparcialidad de su toma de decisiones técnicas y jurídicas, cuando el propio Gobierno Federal interviene en el mercado a través de las dos empresas públicas PEMEX y CFE.
En algunas de sus funciones principales las Unidades de Electricidad e Hidrocarburos hablan de cuidar el orden de competencia en los mercados, difícil cuando hay dos empresas dominantes en los dos sectores centrales; Electricidad e Hidrocarburos.
Se habla de la atención al sector social, sin embargo, por dedición la operación de las empresas públicas con fuerte poder monopólico generan un costo social en su propia existencia y operación. ¿Quién se preocupará por los consumidores al momento de fijar precios y tarifas, bajo qué criterios se establecerán si de arranque hay condiciones anti-competitivas?
Este ambiente. ¿realmente invita a la inversión? Los empresarios nacionales e internacionales realmente creerán en la vocación de generar un desarrollo ordenado y seguro de un sector transversal y clave para el crecimiento de todo el país.
Cualquiera que sea la respuesta a estas preguntas, es importante que el Gobierno Federal reconsidere el papel del estado en el sector energético. Es sumamente importante despolitizar al sector energético, para darle un enfoque más técnico, y dejar el papel regulatorio del estado más a garantizar el desarrollo social sin necesidad de participar en el sector activamente, dados los pésimos resultados económicos, financieros y operativos de las dos empresas públicas PEMEX y CFE, que representan un costo social altísimo para el país.
No es necesario participar significativamente en el mercado para garantizar bienestar social y desarrollo económico; basta con el diseño y aplicación de esquemas regulatorios que los cuiden.