Por Energy Insights
El pasado 6 de agosto, el Diario Oficial de la Federación publicó un acuerdo clave para el sector eléctrico mexicano: la Comisión Nacional de Energía (CNE) estableció los requisitos para obtener permisos de generación bajo la figura de autoconsumo interconectado, aplicables a centrales eléctricas con capacidades entre 0.7 y 20 megawatts (MW).
Este nuevo marco no surge en el vacío. Responde a un mandato constitucional y legal orientado a la simplificación administrativa, digitalización de trámites y fortalecimiento de la certeza jurídica para los desarrolladores y usuarios del sistema eléctrico. En un país donde los proyectos de generación distribuida y mediana escala han crecido de manera acelerada, el acuerdo busca ordenar, agilizar y dar certidumbre a una figura que hasta ahora transitaba entre vacíos normativos y procedimientos burocráticos.
La lógica detrás del acuerdo
El documento firmado por Juan Carlos Solís Ávila, Director General de la Comisión nacional de Energía (CNE), parte de tres pilares:
- Constitucionalidad y facultades regulatorias: los artículos 25 y 28 de la Constitución establecen la obligación del Estado de promover la modernización administrativa y la regulación técnica del sector energético.
- Competencia institucional: la Ley de la Comisión Nacional de Energía otorga al organismo la facultad de emitir regulación y otorgar permisos de generación y comercialización.
- Simplificación regulatoria: en línea con la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, la nueva disposición busca reducir duplicidades y aprovechar expedientes digitales para evitar que los usuarios presenten información ya disponible en poder de la autoridad.
La novedad más relevante es la definición clara de un rango de capacidad (0.7–20 MW) dentro del cual el autoconsumo interconectado podrá sujetarse a un trámite simplificado para la obtención de permisos.
Requisitos bajo el nuevo esquema
El acuerdo detalla de manera exhaustiva los documentos y evidencias que los solicitantes deberán presentar. Entre los más destacados:
- Formato autorizado por la CNE, con información del solicitante y del proyecto, con su ubicación, capacidad instalada en corriente alterna y directa, combustible primario, y plan de financiamiento.
- Estudios técnicos clave: resultados del Estudio de Impacto de Interconexión emitido por el CENACE, así como la resolución de impacto social cuando aplique.
- Diagrama unifilar de la central y propuesta de punto de interconexión con el Sistema Eléctrico Nacional.
- Plan de obras y de negocios, incluyendo etapas de construcción y fecha de inicio de operaciones.
- Acreditación técnica y financiera, mediante estados financieros de al menos dos años y experiencia comprobada en proyectos similares.
- Estructura accionaria y corporativa, en caso de sociedades, para transparentar la composición del capital.
- Pago de derechos, conforme a las disposiciones fiscales vigentes.
Adicionalmente, el acuerdo aclara que la Comisión no podrá exigir documentos que ya obren en sus archivos o en el Expediente Digital Ciudadano, siempre que se encuentren vigentes. Esto representa un paso hacia la interoperabilidad entre instituciones, una deuda pendiente en los trámites energéticos.
Procedimiento y tiempos
La CNE evaluará cada solicitud conforme a lo dispuesto en la Ley del Sector Eléctrico y las disposiciones administrativas generales aplicables. Aunque el acuerdo no establece plazos específicos, se espera que la simplificación digital reduzca los tiempos de análisis, criticados por ser extensos y poco predecibles.
Los transitorios del documento son igualmente relevantes:
- El acuerdo entrará en vigor una vez que lo hagan los reglamentos de la Ley del Sector Eléctrico y de la Ley de Planeación y Transición Energética; un pendiente más que mantiene el esquema de autoconsumo en suspenso.
- La CNE deberá actualizar anualmente los formatos y procedimientos, publicándolos a más tardar en noviembre de cada año.
- Los titulares de permisos deberán sujetarse a los modelos de contrato, metodologías y criterios que la Comisión emita en materia de contraprestaciones.
Implicaciones estratégicas
Este nuevo marco normativo tiene varias lecturas:
- Para los desarrolladores industriales y comerciales: se abre una vía más clara para desarrollar proyectos de autoconsumo interconectado de mediana escala, particularmente atractivos para empresas con alta demanda energética.
- Para el sistema eléctrico nacional: la interconexión de proyectos entre 0.7 y 20 MW plantea retos de planeación y estabilidad, de ahí la exigencia de estudios de impacto por parte del CENACE.
- Para la política energética: el acuerdo refleja un esfuerzo por alinear regulación con objetivos de transición energética, digitalización de trámites y fortalecimiento de la confianza ciudadana.
- La apertura hasta 10 MW muestra una oportunidad para el desarrollo de proyectos regionales, sectoriales pendientes y sin duda atracción de inversión extranjera.
Conclusión en primera instancia
Con este acuerdo, México da un paso importante hacia la consolidación del autoconsumo como un eje estratégico de la transición energética. El reto ahora será su implementación; que la simplificación prometida se traduzca en procedimientos ágiles y efectivos, y que los criterios técnicos y financieros no se conviertan en barreras excesivas para proyectos que podrían aportar eficiencia, competitividad y sostenibilidad al sector eléctrico.
En un escenario donde la energía es cada vez más un factor de competitividad empresarial, la claridad regulatoria no es un tema menor: es la diferencia entre proyectos viables y oportunidades perdidas.
Implicaciones
El Acuerdo de la CNE clarifica y homologa requisitos para permisos de autoconsumo interconectado entre 0.7 y 20 MW, formalizando un trámite (simplificado en la intención) y estableciendo la documentación técnica, financiera y de interconexión exigible, incluyendo el Estudio de Impacto de Interconexión del CENACE, y la obligación de publicar formatos y modelos contractuales. Esto abre la puerta a un crecimiento más ordenado de proyectos de mediana escala para el sector industrial incluyendo parques industriales, pero su efecto real dependerá de la implementación operativa, que incluye plazos, interoperabilidad de sistemas, fiscalidad y reglas de contraprestaciones.
Se visualiza una mayor inversión privada y proyectos industriales de escala media, al definir requisitos claros reduce la incertidumbre de desarrolladores e inversionistas, con lo cual se espera que las instalaciones fotovoltaicas y de otras tecnologías viables crezcan con mayor rapidez.
Empresas con consumo intensivo de energía pueden volver a ver su suministro interno una palanca de competitividad, al reducir su costo de energía y tener una cobertura contra volatilidad de precios, favoreciendo a parques industriales y clústeres de industrias en sectores estratégicos. Así mismo se podrían obtener mejoras en perfiles de carga, reducción de pérdidas y alivio de congestión local si se ubican estratégicamente.
Lo que es cierto es que esta medida llevará a mayor complejidad técnica en operación del sistema y necesidad de planeación de red. Incrementos de capacidad distribuida entre 0.7–20 MW exigen coordinación con CENACE y operadores de distribución para evitar problemas de estabilidad, calidad de voltaje y sobrecargas en subestaciones; por eso la exigencia del Estudio de Impacto de Interconexión. Si no se acompaña con planeación, puede aumentar costos de integración.
Se esperaría una reducción de fricciones administrativas si se aplica la digitalización e interoperabilidad. La norma remite a evitar pedir documentos que ya obran en expedientes digitales, lo que puede acelerar trámites si se implementa correctamente.
En la parte de Impacto distributivo y social a gestionar, es importante considerar que, si la simplificación favorece a grandes usuarios con capacidad de inversión, existe riesgo de concentración de beneficios; las políticas complementarias deben considerar micro y pequeños usuarios, acceso de comunidades y medidas de inclusión.
Algunas recomendaciones concretas y accionables:
- Contar con una Ventanilla única digital real que permita la interoperabilidad CNE–CENACE–SE–municipios. Hay que asegurar que el “Expediente Digital Ciudadano” y el Portal Único integren permisos de interconexión, impacto social y ambiental, y certificados fiscales para evitar duplicación. Esto cumple la letra del Acuerdo y acelera trámites.
- Lograr la estandarización y publicación de modelos contractuales y metodologías. Publicar contratos tipo y criterios de contraprestación (como obliga el transitorio) para reducir negociación bilateral y acelerar cierres comerciales. Esto crea predictibilidad para bancos e inversionistas.
- Facilitar mecanismos de compartición interna, en parques industriales /y comunidades energéticas. Permitir y normar explícitamente el reparto de energía entre inquilinos/usuarios dentro de redes privadas, con reglas claras de metrología y facturación, lo anterior potencia el uso de proyectos por economías de escala; esta es una práctica creciente en parques industriales en países con marcos claros.
- Contar con reglas de interconexión proporcionales y tiempos máximos. Para esto hay que establecer plazos máximos para estudios de impacto de interconexión y respuesta por parte del CENACE, con niveles de requerimientos técnicos proporcionales a la potencia (0.7–2 MW versus 10–20 MW). Esto reduce incertidumbre en calendario de inversión.
- Crear los incentivos para almacenamiento y flexibilidad. Para esto es importante promover incentivos o reglas favorables para baterías y soluciones de gestión, adjuntas a proyectos de autoconsumo para mejorar la integración en la red y ofrecer servicios auxiliares, aumentando el valor comercial del proyecto.
- Proveer la capacitación técnica y promover los estándares de calidad. Para esto es importante publicar guías técnicas (diagrama unifilar, pruebas de puesta en servicio) y programas de certificación para instaladores y operadores, para facilitar cumplimiento técnico y reducir las fallas de conexión.
- Promover políticas para ampliar acceso y evitar concentración. Esto implica, diseñar instrumentos complementarios (financiamiento blando, esquemas agregadores o cooperativas energéticas) para que pymes y comunidades puedan agrupar demanda y acceder a proyectos que de otra forma sólo pueden costear grandes empresas, las buenas prácticas internacionales recomiendan medidas inclusivas en esquemas de permisos acelerados.
Algunos riesgos que vigilar:
- Cuellos de botella en CENACE para el estudio de interconexión, puede transformar simplificación en retraso;
- Reglas de contraprestación y cargos mal diseñados que erosionen la economía del proyecto. Para ello importa la actualización periódica y transparencia del cálculo.
- Impactos en la red local, por voltaje, protección; si no hay planes de modernización de distribución.
Conclusión práctica, ¿qué esperar en corto y mediano plazo?
En el corto plazo, de 6 a 18 meses; se prevé un aumento de solicitudes formales y proyectos industriales piloto; mayor actividad de consultoría/estudios de interconexión; presión sobre tiempos de CENACE/CENACE-CNE.
En el mediano plazo, de 18 a 48 meses; si se aplica correctamente (ventanilla única, modelos contractuales y plazos), es plausible una aceleración sostenida en la instalación de proyectos 0.7–20 MW, similar a lo observado en mercados europeos tras reformas de permisos. Esto puede traducirse en mayor competitividad industrial y una mezcla de generación más distribuida en el país.
Esperamos que el Autoconsumo Interconectado cumpla con las expectativas de la industria para ampliar el abanico de posibilidades de acceso a energía limpia, asequible, y de calidad.